¿Qué se requiere para hacer un cambio de dirección de una asociación o comité del partido?
En primeiro lugar é necesario elaborar unha acta de cambio da directiva da asociación que deberá recoller obligatoriamente:
- Los datos de la asociación (CIF, número de registro de la asociación en la Xunta)
- Los datos de los miembros de la comisión saliente.
- Los detalles de los miembros de la comisión entrante.
- Los cargos en la asociación de cada uno de los miembros.
Para la elaboración de dicho informe sería necesario conocer los cargos de cada uno de los miembros de la asociación así como disponer de copia de los DNI de cada uno de ellos.
En segundo lugar, se debe realizar una copia auténtica del acta en el Registro General de la Xunta de Galicia previo pago de una tasa Atriga.
En tercer lugar, la nueva directiva deberá registrarse a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia mediante el procedimiento PR308A, previo pago de otra tasa Atriga.
Finalmente, una vez resuelto el cambio de directorio por la Junta Directiva, el nuevo presidente de la asociación deberá obtener un nuevo certificado digital de la asociación donde figurará como representante de la misma.
Con dicho certificado se procederá al cambio de representantes de la asociación en la AEAT, dando de baja a los anteriores representantes y dando de alta a los nuevos.