Nuevo sistema de cotización para autónomos
Con la entrada en vigor el 1 de enero de 2023 del Real Decreto-ley 13/2022 de 26 de julio de 2022 estableces un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia, que consiste en un modelo progresivo de cuotas que se va a implementar el ancho de tres años, entre lo 2023 y el 2025, buscando ajustar la cotización los ingresos reales.
Así, el nuevo sistema establece 15 tramos de cotización en los que, con algunas excepciones, cada autónomo deberá incluirse en función de su previsión de ingresos.
Como novedad, se podrá cambiar de tramo de hasta 6 veces en el año, en función de la previsión y el acabar cada ejercicio, sí procede, habrá que regularizar las cotizaciones.
Este proceso de regularización se realizará después de la presentación de la declaración de la renta del año posterior pudiendo encontrarnos con tres situaciones.
- Sí la cotización pagada está dentro del rango de los rendimientos reales. No procede ningún modificación.
- Sí la cotización pagada está por debajo del rango de los rendimientos reales. Procederá pagar la diferencia hasta alcanzar el mínimo del rango.
- Este pago de la diferencia será sin recargos ni intereses
- El gasto adicional podrá imputarse el ejercicio en curso.
- Sí la cotización pagada está por enzima del rango de los rendimientos reales. Podrá solicitarse una devolución de la cotización excedente
Esta devolución de ingresos se realizará sin intereses.
La devolución computará como mayor rendimiento en el ejercicio en curso.
Sí durante el año en curso se cobrara cualquier tipo de prestación esta vendrá marcada por el tipo de cotización que se este pagando sin que esto afecte a las regularizaciones posteriores.
Adicionalmente el anterior:
- En los casos de que se estuviera en un rango de cotización superior lo que marca la noticia normativa, podrá mantenerse @dito cotización.
- En los casos de que se este disfrutando de una tarifa plana, esta se mantendrá.
- En el caso de los autónomos con nóminas (societarios o familiares colaboradores) lo calculo se realizará en función de los ingresos por nóminas.
Como siempre, para cualquier ampliación de información, duda o consulta quedamos vuestra entera disposición.